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Guía de trazabilidad alimentaria para hostelería
Qué tiene que poder reconstruir tu cocina sobre cada alimento, qué normas lo exigen y cómo registrarlo sin depender de la memoria de nadie. Seis capítulos que se leen por separado, cada uno con sus fuentes oficiales.
Revisada el contra el texto vigente de cada norma en EUR-Lex, el BOE y la AESAN.Versión web, siempre actualizada: trazea.es/recursos/guia-trazabilidad
Descargar en PDF (26 páginas)Capítulo 1 de 6
Qué es la trazabilidad alimentaria y por qué es obligatoria
La trazabilidad es poder seguir el rastro de un alimento a través de todas las etapas de producción, transformación y distribución. En una cocina se traduce en poder contestar, sobre cualquier producto, quién te lo suministró y, si lo vendiste a otro negocio,a quién se lo diste.
Es obligatoria para todas las empresas alimentarias, y un restaurante lo es. Sirve sobre todo cuando hay una alerta: te dice si tienes el lote afectado y dónde ha acabado, para retirar solo eso y no todo lo demás.
Qué exige la norma
La definición y la obligación están en el Reglamento (CE) 178/2002 (Reglamento (CE) 178/2002, arts. 3.15 y 18). El reglamento llama «comercio al por menor» a la actividad de los restaurantes, la restauración colectiva y los comedores de empresa, así que la obligación también les alcanza (Reglamento (CE) 178/2002, art. 3.7). En España, la Ley 17/2011 recoge la misma obligación (Ley 17/2011, art. 6). En concreto, toda empresa alimentaria debe:
- Identificar a quien le suministró un alimento o un ingrediente, y tener sistemas para dar esa información a la autoridad si la pide (Reglamento (CE) 178/2002, art. 18.2).
- Identificar a las empresas a las que suministra sus productos (Reglamento (CE) 178/2002, art. 18.3).
- Tener los alimentos etiquetados o identificados de forma que se pueda seguir su rastro (Reglamento (CE) 178/2002, art. 18.4).
- Si cree que un alimento no es seguro, retirarlo. Si es comercio al por menor, retirarlo dentro de los límites de su actividad, comunicar la información de trazabilidad y cooperar con la autoridad (Reglamento (CE) 178/2002, art. 19).
Los tres sentidos de la trazabilidad, con un ejemplo
Una pulpería recibe un lunes una caja de pulpo congelado. Con parte cuece pulpo á feira para la sala y con otra prepara veinte raciones de empanada que vende a un catering.
| Sentido | Pregunta | En el ejemplo | ¿Lo exige el art. 18? |
|---|---|---|---|
| Hacia atrás | ¿De dónde vino? | Proveedor de la caja, lote y fecha en que la recibiste. | Sí: identificar al proveedor. |
| Interna | ¿En qué se convirtió? | Qué ollas de pulpo y qué empanadas llevan ese lote. | No de forma expresa. Es lo que permite retirar solo lo afectado (Guía de la Comisión sobre el Reglamento 178/2002, pág. 19). |
| Hacia delante | ¿A quién se lo diste? | El catering que compró las empanadas, qué se llevó y cuándo. A los comensales de la sala no hay que identificarlos. | Sí, cuando suministras a otra empresa. |
Servir al cliente final no es lo mismo que suministrar a otro negocio. El art. 18.3 habla de identificar a las «empresas» a las que suministras. La guía de la Comisión que lo interpreta aclara que no hace falta identificar a los clientes cuando son consumidores finales (Guía de la Comisión sobre el Reglamento 178/2002, pág. 17). La AESAN lo resume como «un paso atrás y un paso adelante» (AESAN, seguridad alimentaria). Si además vendes a otro bar, a un catering o a una tienda, para esas ventas sí necesitas trazabilidad hacia delante.
La trazabilidad interna no la exige expresamente el art. 18, salvo que alguna norma de tu sector lo haga. Aun así, sin ella, cuando llega una alerta no sabes qué elaboraciones llevan el lote y acabas retirando de más o, peor, de menos.
Qué datos conviene conservar
La tabla separa lo que pide una norma de lo que es buena organización. Para los alimentos de origen animal (carne, pescado, marisco, huevos, lácteos), el Reglamento de Ejecución (UE) 931/2011 obliga a tu proveedor a darte una lista concreta: descripción, cantidad, quién lo expide, a quién, el lote o la remesa y la fecha de expedición (Reglamento de Ejecución (UE) 931/2011, art. 3). Si no te llega, reclámala.
| Dato | Para qué sirve | Base |
|---|---|---|
| Proveedor (nombre y dirección) | Saber a quién preguntar y a quién señalar ante una alerta. | Obligatorio: art. 18.2 del Reglamento 178/2002. |
| Producto | Saber exactamente qué entró. | Obligatorio para el proveedor en origen animal (931/2011). Recomendable siempre. |
| Cantidad | Calcular cuánto queda y cuánto se ha usado. | Igual que el anterior. |
| Lote | Acotar una retirada a lo afectado. | Lo trae la información del proveedor en origen animal (931/2011). Recomendable siempre. |
| Fecha de recepción | Situar el producto en el tiempo y cruzarlo con una alerta. | Buena práctica. |
| Referencia del albarán o factura | Probar quién te suministró sin depender de la memoria. | Buena práctica: es la forma más sencilla de demostrar el art. 18.2. |
| Fecha de elaboración | Saber cuándo nació cada elaboración y hasta cuándo vale. | Buena práctica. Su vida útil la fija tu autocontrol. |
| Qué lotes lleva cada elaboración | Trazabilidad interna: retirar solo lo afectado. | Buena práctica, salvo norma sectorial. |
| Empresa a la que vendes | Avisarle si retiras un lote. | Obligatorio si suministras a otra empresa: art. 18.3. |
Cómo registrar cada dato al abrir, fraccionar, congelar o elaborar está en Cómo registrar lotes, fechas y alérgenos. Cuánto tiempo guardarlos está en el marco legal: no hay un plazo único.
Qué hacer cuando llega una alerta
El lote importa por una razón legal: si un alimento de un lote no es seguro, se presume que tampoco lo es el resto de ese lote, salvo que una evaluación detallada demuestre lo contrario (Reglamento (CE) 178/2002, art. 14.6). Sin el lote, lo afectado es todo lo que no puedas distinguir.
- Busca el producto y el lote de la alerta entre tus recepciones.
- Localiza dónde está: en cámara, abierto o dentro de alguna elaboración.
- Sepáralo y deja de usarlo. Identifica también las elaboraciones que lo llevan.
- Si vendiste algo afectado a otra empresa, avísala.
- Sigue las instrucciones de tu proveedor o de la autoridad y dales la información de trazabilidad que te pidan (Reglamento (CE) 178/2002, art. 19.2).
Si para eso necesitas a una persona concreta, o su memoria, el sistema todavía no funciona. Un simulacro, con un producto cualquiera, es la mejor prueba: está en el capítulo de inspección.
Capítulo 2 de 6
Marco legal: normativa europea y española
En hostelería se suelen mezclar tres obligaciones distintas. La trazabilidades saber de dónde viene cada alimento y a qué empresa se lo das. La higiene y el autocontrol son las buenas prácticas más el APPCC. La información alimentaria es, en lo que sirves, sobre todo los alérgenos.
Cada una tiene su reglamento europeo, que se aplica directamente, y su desarrollo español. Las controlan las autoridades sanitarias de tu comunidad autónoma.
Qué norma pide qué
Estas son las normas generales que afectan a un restaurante, un bar o un catering. No es un inventario exhaustivo. Según lo que hagas puede haber más, por ejemplo si elaboras productos cárnicos, vendes a otros negocios o tu comunidad autónoma tiene normas propias.
| Norma | Dónde | Qué obliga | Ejemplo de registro |
|---|---|---|---|
| Reglamento (CE) 178/2002 | Arts. 14, 18 y 19 | Trazabilidad: identificar a tus proveedores y a las empresas a las que suministras, y retirar lo que no sea seguro. | Albaranes y lista de proveedores. Ventas a otras empresas. |
| Ley 17/2011 | Arts. 6 y 9. Cap. IX (infracciones) | Recoge la trazabilidad y el deber de tener sistemas de autocontrol eficaces. Fija las infracciones. | — |
| Reglamento de Ejecución (UE) 931/2011 | Art. 3 | Lo que el proveedor de alimentos de origen animal debe darte: producto, cantidad, lote o remesa, fecha de expedición. | Albarán con lote y fecha. |
| Reglamento (CE) 852/2004 | Art. 5 y anexo II | APPCC proporcional al negocio, buenas prácticas de higiene, cadena de frío, gestión de alérgenos en equipos, formación y cultura de seguridad alimentaria. | Análisis de peligros, registros de vigilancia y de desviaciones, plan de limpieza, evidencia de formación. |
| Real Decreto 1021/2022 | Arts. 2, 4, 5, 8 y 20 | Higiene en el comercio al por menor, restaurantes incluidos: temperaturas por alimento, congelación en el local, anisakis, moluscos bivalvos, APPCC con persona responsable. | Etiqueta y registro de lo que congelas. Etiquetas de moluscos bivalvos. |
| Real Decreto 1086/2020 | Art. 30 | Comidas preparadas: temperaturas, enfriado y recalentado. Comida testigo en colectividades, eventos y encargos de más de 40 personas. | Los controles que tu APPCC prevea. Comidas testigo, si te aplican. |
| Reglamento (UE) 1169/2011 | Arts. 9.1.c, 21 y 44, anexo II | Informar de los 14 grupos de alérgenos, también en lo que se sirve sin envasar. | Ficha de alérgenos de cada plato. |
| Real Decreto 126/2015 | Arts. 4, 6 y 12 | Cómo dar esa información en hostelería: por escrito, o de palabra si además está registrada por escrito o en formato electrónico en el local. | Carta o fichas de alérgenos a disposición del cliente. |
| Reglamento (UE) 2017/625 | Art. 15 | Dar a la autoridad acceso a instalaciones, sistemas informáticos y documentos, y cooperar. | — |
Qué cambia en lo que sirves sin envasar
Para el Reglamento 1169/2011, un restaurante es una «colectividad» (Reglamento (UE) 1169/2011, art. 2.2.d). En lo que entrega sin envasar, la única información obligatoria es la de alérgenos (Reglamento (UE) 1169/2011, art. 44.1.a). El resto de menciones, como la denominación o la cantidad de un ingrediente, no se exige en lo que sirven las colectividades (Real Decreto 126/2015, art. 4.2). Cómo dar esa información, y cómo registrarla, está en lotes, fechas y alérgenos.
Europa, España y tu comunidad autónoma
Los reglamentos europeos se aplican tal cual, sin trasponerse. Los reales decretos españoles los desarrollan o usan el margen que dejan, como hacen el 1021/2022 con la higiene en el comercio al por menor y el 126/2015 con los alérgenos. Los controles oficiales los hacen las comunidades autónomas (AESAN, control oficial). La AESAN publica la lista de autoridades sanitarias de cada una (AESAN, autoridades autonómicas). Tu comunidad puede publicar guías, modelos de registro o criterios propios. Pregúntale a ella antes de dar por buena una plantilla genérica, incluidas las de esta guía.
Qué conservar y durante cuánto tiempo
Tienes que poder presentar tu trazabilidad, tu autocontrol y tu información de alérgenos a la autoridad. No hay un plazo único de conservación para todos los registros. Lo que fijan las normas:
- Trazabilidad: el art. 18 del Reglamento 178/2002 no fija un plazo mínimo y deja que lo decida cada empresa (Guía de la Comisión sobre el Reglamento 178/2002, pág. 21).
- Autocontrol: los documentos y registros se conservan «durante un período adecuado» (Reglamento (CE) 852/2004, art. 5.4.c).
- Información del proveedor de alimentos de origen animal: «al menos hasta que pueda suponerse razonablemente que los alimentos han sido consumidos» (Reglamento de Ejecución (UE) 931/2011, art. 3.3). La información de alérgenos sigue la misma regla (Real Decreto 126/2015, art. 12).
- Moluscos bivalvos vivos: la etiqueta del envase, al menos sesenta días después de acabar su contenido (Real Decreto 1021/2022, art. 8.8).
- Comida testigo, cuando te aplica: un mínimo de siete días (Real Decreto 1086/2020, art. 30.10).
La guía de la Comisión sugiere, como orientación y sin valor jurídico, plazos según la vida útil del producto: en general, cinco años. Para perecederos con fecha de caducidad de menos de tres meses, o sin fecha, destinados al consumidor final, seis meses. Para productos con fecha de consumo preferente, su vida útil más seis meses (Guía de la Comisión sobre el Reglamento 178/2002, pág. 21). Si tu guía de prácticas correctas o tu autoridad sanitaria fijan otro plazo, manda el suyo.
Guardarlo en papel o en una aplicación no cambia nada de esto. Un registro, esté donde esté, solo vale si es verdadero, está completo y lo puedes presentar cuando te lo piden.
Qué pasa si no se cumple
La Ley 17/2011 clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves según el riesgo y otros criterios. Por ejemplo, son graves la ausencia de registros exigidos o de datos esenciales para la trazabilidad, y no tener sistemas de autocontrol. Las deficiencias en los registros pueden ser leves (Ley 17/2011, arts. 50 y 51). Las sanciones están en los arts. 52 y 53 y dependen de la calificación de cada caso. No damos cifras sin un supuesto concreto.
Cómo se traduce todo esto en tu cocina está en sistema APPCC paso a paso, y qué te pueden pedir en una visita, en prepararse para una inspección sanitaria.
Capítulo 3 de 6
Sistema APPCC paso a paso
El APPCC (Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico) es un procedimiento que tu negocio tiene que crear, aplicar y mantener según lo que hace realmente, no un formulario común para todos (Reglamento (CE) 852/2004, art. 5.1). En España, el Real Decreto 1021/2022 lo exige expresamente a restaurantes y bares, con una persona responsable de aplicarlo (Real Decreto 1021/2022, arts. 2.2.a y 20). Se apoya en unas buenas prácticas de higiene y, solo donde estas no bastan, en puntos de control crítico.
Registrar datos ayuda a demostrarlo, pero no sustituye analizar los peligros ni aplicar los controles. Este capítulo explica cómo encaja todo. Para implantar un APPCC eficaz necesitarás además una guía de prácticas correctas de tu sector o un técnico.
Primero, las buenas prácticas de higiene
Son las medidas preventivas de base que se aplican en cualquier fase. También se llaman prerrequisitos. La Comisión las describe como el primer escalón de todo sistema, y el APPCC se ocupa de los peligros que estas no controlan por sí solas (Comunicación de la Comisión 2022/C 355/01). En una cocina, incluyen entre otras las que exige el anexo II del Reglamento 852/2004:
- Locales, equipos y mantenimiento adecuados.
- Limpieza y desinfección.
- Control de plagas.
- Agua apta.
- Higiene y salud del personal.
- Recepción y proveedores.
- Conservación sin romper la cadena de frío (Reglamento (CE) 852/2004, anexo II, cap. IX, pto. 5).
- Separación y limpieza para no trasladar alérgenos de un alimento a otro (Reglamento (CE) 852/2004, anexo II, cap. IX, pto. 9).
- Residuos.
- Trazabilidad.
- Formación del personal según su trabajo (Reglamento (CE) 852/2004, anexo II, cap. XII).
Desde 2021 el reglamento pide también una «cultura de seguridad alimentaria» adecuada al tamaño del negocio. Eso supone compromiso de la dirección, que el equipo conozca los peligros y que se comunique cuando algo va mal (Reglamento (CE) 852/2004, anexo II, cap. XI bis).
Los siete principios, con un ejemplo
El Reglamento 852/2004 enumera los siete principios (Reglamento (CE) 852/2004, art. 5.2). El ejemplo es el pulpo cocido de una pulpería: se cuece, se mantiene hasta el servicio y lo que sobra se enfría para el día siguiente. Los valores concretos no salen de esta guía: salen del análisis de tu cocina o de la guía de prácticas correctas que sigas.
| Principio | Qué significa | En el ejemplo | Quién |
|---|---|---|---|
| 1. Analizar peligros | Qué puede hacer daño y en qué paso. | Bacterias que sobreviven a una cocción insuficiente o crecen en un enfriado lento. El pulpo es un molusco, uno de los 14 alérgenos. | Responsable del negocio, con ayuda técnica si hace falta. |
| 2. Puntos de control crítico | Los pasos donde el control es esencial y no lo cubren las buenas prácticas. | Decidir si la cocción o el enfriado lo son en tu cocina. No todo paso lo es (ver abajo). | Responsable. |
| 3. Límites críticos | El valor que separa lo aceptable de lo inaceptable. | Un tiempo, una temperatura o una característica observable, con su producto y su proceso. Lo fija tu análisis o tu guía de prácticas correctas. | Responsable. |
| 4. Vigilancia | Cómo, cuándo y quién comprueba que se cumple. | Quién mira la cocción en cada tanda y qué apunta. | Personal de cocina formado. |
| 5. Medidas correctivas | Qué se hace si la vigilancia detecta un fallo. | Seguir cociendo, desechar la tanda o revisar el equipo, y anotarlo. | Quien detecta el fallo, y el responsable lo revisa. |
| 6. Verificación | Comprobar con regularidad que el sistema funciona. | Revisar registros, comprobar el termómetro, repasar las desviaciones del mes. | Responsable o alguien distinto de quien vigila. |
| 7. Documentos y registros | Lo justo para demostrar lo anterior, según el tamaño del negocio. | El análisis escrito y los registros de vigilancia y de desviaciones. | Todos, cada uno lo suyo. |
Quien diseña y aplica el procedimiento debe tener formación adecuada en APPCC (Reglamento (CE) 852/2004, anexo II, cap. XII, pto. 2).
Control cotidiano y punto de control crítico: no todo es un PCC
El mínimo legal es un enfoque en dos niveles: buenas prácticas de higiene para todo y puntos de control crítico solo donde hagan falta. La Comisión pone un ejemplo: freír o asar a la parrilla en un restaurante puede no ser un PCC, porque la alta temperatura del aceite o la grasa se ve a simple vista y elimina sistemáticamente el peligro. Y cuando la cocción sí es un PCC, en un restaurante pequeño puede vigilarse observando las propiedades físicas del alimento, sin medir la temperatura cada vez (Comunicación de la Comisión 2022/C 355/01).
Si tu análisis no encuentra ningún PCC, el APPCC se limita al primer principio: un análisis de peligros que explique por qué las buenas prácticas bastan (Comunicación de la Comisión 2022/C 355/01). Para el comercio al por menor, el Real Decreto 1021/2022 permite aplicar el APPCC de forma simplificada, como describen las directrices de la Comisión para minoristas, y las guías de prácticas correctas de higiene son una vía para cumplir (Real Decreto 1021/2022, art. 20)(Comunicación de la Comisión 2020/C 199/01). La flexibilidad afecta a cuánto documentas, nunca a los objetivos de higiene. Tampoco es una vía para declarar menos PCC de los que hay.
¿Y las temperaturas?
El Reglamento 852/2004 no fija ninguna cifra. Pide que los alimentos no se conserven a temperaturas que supongan un riesgo, que no se rompa la cadena de frío y que lo cocinado se enfríe cuanto antes (Reglamento (CE) 852/2004, anexo II, cap. IX, ptos. 5 y 6). Las cifras concretas vienen de normas españolas, y cada una tiene su ámbito. Para las comidas preparadas, el art. 30 del Real Decreto 1086/2020, en la redacción que le dio el Real Decreto 1021/2022, establece (Real Decreto 1086/2020, art. 30)(Real Decreto 1021/2022, disposición final segunda, apartado doce):
| Situación | Requisito | Condición |
|---|---|---|
| Mantenidas en caliente | 63 °C o más | Si no se sirven enseguida ni se refrigeran o congelan. |
| Refrigeradas | 4 °C o menos en el interior | Si su vida útil es superior a 24 horas. |
| Refrigeradas | 8 °C o menos en el interior | Si su vida útil es inferior a 24 horas. |
| Congeladas | −18 °C o menos en el interior | — |
| Enfriado tras cocinar | De 60 °C a 10 °C en el centro en menos de 2 horas | Comidas preparadas en caliente que se van a refrigerar o congelar. |
| Recalentado | Al menos 74 °C durante 15 segundos en el centro | Dentro de la hora siguiente a sacarlas del frío. Se admiten combinaciones de tiempo y temperatura equivalentes. |
Quien las elabora puede fijar otras temperaturas de refrigeración si demuestra a la autoridad que se basan en evidencias científicas (Real Decreto 1086/2020, art. 30.5). Para materias primas como la carne o el pescado, el Real Decreto 1021/2022 tiene su propia tabla por tipo de alimento (Real Decreto 1021/2022, art. 4). Cuidado con las guías antiguas: la cifra de mantenimiento en caliente que muchas repiten venía del Real Decreto 3484/2000, derogado en 2022 (Real Decreto 1021/2022, disposición derogatoria única).
Qué campos tiene un registro de control
Una plantilla que sirve para cualquier control, sea de un PCC o de una buena práctica:
| Campo | Qué anotar |
|---|---|
| Proceso o producto | Qué se controla: «cocción pulpo, tanda 2». |
| Fecha y hora | Cuándo se midió u observó. |
| Medición u observación | El valor o lo que se vio. |
| Límite aplicable | El que fija tu autocontrol para ese proceso, y de dónde sale. |
| Responsable | Quién lo hizo. |
| Desviación | Sí o no, y en qué consistió. |
| Medida correctiva | Qué se hizo y con qué resultado. |
| Verificación | Quién lo revisó después y cuándo. |
Vigilar bien importa más que registrarlo todo. En negocios pequeños, la Comisión admite que algunos registros se hagan solo cuando hay desviaciones. Los registros pueden guardarse en formato electrónico si se pueden poner a disposición de la autoridad (Comunicación de la Comisión 2022/C 355/01). La AESAN lo dice igual: llevar registros debe ser flexible y se reduce normalmente a los casos en que se detectan no conformidades (AESAN, flexibilidad).
Qué registra una app de trazabilidad y qué decides tú
Un software puede guardar lo que pasa: qué lote entró, en qué elaboración acabó, qué alérgenos lleva. Lo que no puede hacer es decidir por ti qué peligros hay, qué pasos son críticos, qué límites aplicas ni cuánto dura cada elaboración, ni tampoco verificar que se cumple. Todo eso es del responsable del autocontrol. Trazea, por ejemplo, cubre la parte de trazabilidad y de alérgenos por ingrediente. No lleva registros de temperaturas, limpieza, plagas ni formación, y no es un sistema APPCC completo. El detalle está en herramientas digitales vs. registro manual.
Qué normas hay detrás está en el marco legal, y cómo se comprueba todo esto en una visita, en prepararse para una inspección. Para repasar tus planes punto por punto tienes el checklist APPCC.
Capítulo 4 de 6
Cómo registrar lotes, fechas y alérgenos
Cada vez que abres, fraccionas, congelas o usas un alimento en una elaboración, conserva su identidad y su vínculo con el lote y el proveedor de origen. Así, ante una alerta, sabes qué tienes que retirar.
La fecha del proveedor tampoco se copia sin más a tu etiqueta. Se guarda como dato de origen, y la nueva fecha, la de después de abrir o elaborar, la fija tu autocontrol.
Al recibir
- Anota proveedor, producto, cantidad, lote y fecha tal como figuran en la etiqueta o en el albarán, e indica qué tipo de fecha es (ver la tabla siguiente).
- Comprueba el estado del producto y, si es perecedero, su temperatura, con el criterio que fije tu autocontrol.
- Guarda el albarán o la factura de esa entrega y anota su referencia.
- Si la etiqueta no trae un dato o no se lee, búscalo en el albarán o pídelo al proveedor. Si no aparece, deja constancia de que falta. Nunca lo inventes.
Caducidad, consumo preferente y vida útil secundaria
El proveedor puede poner dos fechas distintas, y no significan lo mismo:
| Fecha | Cómo aparece | Qué significa |
|---|---|---|
| Fecha de caducidad | «Fecha de caducidad», con las condiciones de conservación. | Va en alimentos muy perecederos. Pasada esa fecha, el alimento se considera no seguro (Reglamento (UE) 1169/2011, art. 24.1 y anexo X). |
| Fecha de consumo preferente | «Consumir preferentemente antes del…». | Hasta esa fecha el alimento conserva sus propiedades específicas, si se almacena correctamente (Reglamento (UE) 1169/2011, art. 2.2.r y anexo X). |
Las dos valen para el envase cerrado y en las condiciones que indica la etiqueta. Cuando abres el envase, la etiqueta debe indicar, si procede, las condiciones o el plazo de consumo tras la apertura (Reglamento (UE) 1169/2011, art. 25.2). Cuando lo transformas, nace un producto nuevo. En ambos casos necesitas una vida útil secundaria, y no se calcula a partir de la fecha original: no se alarga ni se descuenta automáticamente.
Esa vida útil depende del producto, del proceso, de cómo lo conservas y de las instrucciones del fabricante. La fija tu negocio y debe poder justificarse dentro de tu autocontrol. Una guía de prácticas correctas de tu sector o un técnico te pueden ayudar. La AESAN lo resume así: el operador es el responsable de establecer la vida útil (AESAN, documento sobre vida útil). Esta guía no da un número de días porque no existe uno que valga para todo. Más detalle, con los casos habituales, en caducidad secundaria: qué fecha poner cuando abres o congelas.
Congelar y descongelar en tu cocina
El Real Decreto 1021/2022, que se aplica a restaurantes y bares, fija qué tiene que llevar la etiqueta de lo que congelas en el local (Real Decreto 1021/2022, art. 5):
- Si llega envasado: mantén el envase y su etiqueta con la fecha original, y pon al lado otra con la fecha de congelación, de modo que se vean las dos. Si lo fraccionas, cada parte tiene que poder vincularse con su origen.
- Si llega sin envasar: envásalo en un recipiente apto y etiquétalo con la fecha de llegada y la fecha de congelación.
- Si congelas algo que has elaborado: fecha de elaboración, fecha de congelación y fecha de caducidad o consumo preferente del producto congelado. Además, lleva un registro con descripción, cantidad, fecha anterior, fecha de congelación y nueva fecha. No hace falta si todo eso ya figura en la etiqueta.
- Descongela en refrigeración, salvo las excepciones justificadas que prevé la norma, y no vuelvas a congelar lo descongelado salvo que se haya transformado después de la primera congelación.
Una plantilla que sirve para todo
No todos los campos aplican siempre. Lo importante es que cada etiqueta y cada registro permitan volver al lote y al proveedor de origen.
| Campo | Ejemplo | Cuándo |
|---|---|---|
| Producto | Langostino cocido | Siempre |
| Proveedor | Nombre del proveedor | Siempre |
| Lote de origen | El de la etiqueta o el albarán | Siempre |
| Recepción | Fecha de llegada | Siempre |
| Documento asociado | N.º de albarán o factura | Siempre |
| Fecha original y tipo | Caducidad 14/10 o consumo preferente 03/2027 | Siempre que la traiga |
| Apertura o elaboración | Fecha (y hora, si tu autocontrol lo pide) | Al abrir o elaborar |
| Congelación y descongelación | Fechas de cada una | Si se congela en el local |
| Conservación | Refrigerado, congelado, ambiente | Siempre |
| Nueva fecha límite | La que fija tu autocontrol para ese producto y proceso | Al abrir, elaborar o congelar |
| Responsable | Quién lo hizo | Siempre |
| Ingredientes usados | Cada ingrediente con su lote | En elaboraciones |
Ejemplo: fraccionar
Abres una bolsa de 5 kg de langostino congelado, lote A, y la repartes en cinco bolsas de 1 kg. Cada bolsa lleva producto, lote A, fecha de fraccionamiento, nueva fecha límite y quién lo hizo. Guarda la etiqueta original, o una foto suya, junto al registro hasta que se acabe la última bolsa.
Ejemplo: una elaboración con varios lotes
Una empanada de zamburiñas lleva harina (lote H), zamburiñas (lote Z), huevo (lote E) y tomate frito (lote T). La empanada recibe su propio lote interno, por ejemplo la fecha y un número, y el registro de esa elaboración enlaza los cuatro lotes. Si mañana retiran el lote Z, sabes qué empanadas lo llevan.
En alérgenos, la harina aporta gluten, las zamburiñas son moluscos y el huevo es huevo. Revisa también la etiqueta del tomate frito: los ingredientes compuestos pueden traer alérgenos que no esperas.
Los 14 alérgenos de declaración obligatoria
Son los del anexo II del Reglamento 1169/2011. Hay que informar de ellos cuando están presentes en el producto acabado, aunque sea en forma modificada (Reglamento (UE) 1169/2011, art. 9.1.c). También en lo que se sirve sin envasar (Reglamento (UE) 1169/2011, art. 44.1.a). La lista corta no basta: algunos grupos tienen excepciones concretas.
| Grupo | Excepciones (no cuentan como alérgeno) |
|---|---|
| 1. Cereales que contengan gluten: trigo (como espelta y trigo khorasan), centeno, cebada, avena o sus variedades híbridas, y productos derivados | Jarabes de glucosa a base de trigo (incluida la dextrosa), maltodextrinas a base de trigo, jarabes de glucosa a base de cebada y cereales usados para destilados alcohólicos. |
| 2. Crustáceos y productos a base de crustáceos | — |
| 3. Huevos y productos a base de huevo | — |
| 4. Pescado y productos a base de pescado | Gelatina de pescado usada como soporte de vitaminas o carotenoides, y gelatina de pescado o ictiocola usada como clarificante en cerveza y vino. |
| 5. Cacahuetes y productos a base de cacahuetes | — |
| 6. Soja y productos a base de soja | Aceite y grasa de semilla de soja totalmente refinados; tocoferoles naturales mezclados (E306) y d-alfa tocoferol natural, su acetato y su succinato, derivados de la soja; fitosteroles y ésteres de fitosterol derivados de aceites vegetales de soja; ésteres de fitostanol derivados de fitosteroles de aceite de semilla de soja. |
| 7. Leche y sus derivados (incluida la lactosa) | Lactosuero usado para destilados alcohólicos y lactitol. |
| 8. Frutos de cáscara: almendras, avellanas, nueces, anacardos, pacanas, nueces de Brasil, pistachos, nueces macadamia o de Australia, y productos derivados | Frutos de cáscara usados para destilados alcohólicos. |
| 9. Apio y productos derivados | — |
| 10. Mostaza y productos derivados | Ácido behénico con un mínimo del 85 % de pureza, obtenido tras dos fases de destilación, usado para fabricar los emulgentes E470a, E471 y E477. |
| 11. Granos de sésamo y productos a base de granos de sésamo | — |
| 12. Dióxido de azufre y sulfitos | Solo cuentan en concentraciones superiores a 10 mg/kg o 10 mg/litro en términos de SO₂ total, en el producto listo para consumir o reconstituido según las instrucciones del fabricante. |
| 13. Altramuces y productos a base de altramuces | — |
| 14. Moluscos y productos a base de moluscos | — |
Texto resumido. La redacción completa, con sus notas, está en el anexo II del Reglamento 1169/2011 (Reglamento (UE) 1169/2011, anexo II).
Cómo informar en un restaurante
Por defecto, por escrito, en etiquetas o carteles junto al alimento (Real Decreto 126/2015, art. 6.2). También vale de palabra, con dos condiciones: que la información esté registrada por escrito o en formato electrónico en el propio local, accesible para el personal, la autoridad y el cliente que la pida, y que un cartel indique dónde consultarla o que se puede preguntar al personal (Real Decreto 126/2015, art. 6.5). Una ficha por plato, con sus ingredientes y sus alérgenos, sirve para eso (AESAN, guía del RD 126/2015).
Ingrediente presente frente a contaminación cruzada
Que un plato lleve un alérgeno es una información obligatoria. Que pueda contenerrestos porque comparte equipos o espacio con otro es otra cosa. Para eso no hay una regla europea armonizada de «puede contener». Si lo indicas, no debe ser engañoso ni ambiguo (Reglamento (UE) 1169/2011, art. 36.2). Sí es obligatorio evitarlo en la práctica: los equipos y recipientes usados con un alérgeno no se usan para alimentos sin él salvo que se hayan limpiado y se haya comprobado al menos que no quedan restos visibles (Reglamento (CE) 852/2004, anexo II, cap. IX, pto. 9). Registra los dos por separado: ingrediente presente por un lado, riesgo de contacto cruzado por otro.
Si usas una herramienta que lee la etiqueta
El OCR, la lectura automática de la etiqueta, ahorra teclear, pero lee lo que hay en la foto. Alguien tiene que revisar el lote y la fecha antes de guardarlos. Si no lee una fecha, el dato no se inventa: se busca en el albarán o se pregunta. Qué más revisar al elegir una herramienta está en herramientas digitales vs. registro manual, y dónde encajan estos registros en tu autocontrol, en sistema APPCC paso a paso.
Capítulo 5 de 6
Prepararse para una inspección sanitaria
Prepararse no es ordenar papeles la víspera. Es conseguir que cualquier persona del equipo encuentre los documentos de tu autocontrol y que esos documentos cuenten lo que de verdad pasa en la cocina.
Nadie puede garantizarte el resultado de una inspección. Lo que sí puedes hacer es comprobar antes, con un producto concreto, que tus registros aguantan una pregunta.
Quién inspecciona y qué te puede pedir
Los controles oficiales los hacen las autoridades sanitarias de tu comunidad autónoma (AESAN, control oficial). Durante la visita tienes que darles acceso a las instalaciones, los equipos, los sistemas informáticos y la documentación pertinente, y colaborar con ellos (Reglamento (UE) 2017/625, art. 15)(Real Decreto 1021/2022, art. 21.2). Qué documentación se revisa depende de tu actividad y de los criterios de tu autoridad sanitaria. La tabla siguiente es un punto de partida, no la lista de nadie.
Qué tener localizable
| Documento o registro | Responsable | Dónde está | Cómo comprobar que está al día |
|---|---|---|---|
| Proveedores y albaranes | Quien recibe la mercancía | Carpeta o archivo de recepciones | Lo que hay en cámara tiene su albarán. |
| Trazabilidad de lo que está en uso | Jefe de cocina | Registro de lotes y elaboraciones | Tres productos al azar: encuentras su lote y su proveedor. |
| Análisis de peligros y plan de autocontrol | Persona responsable del APPCC (Real Decreto 1021/2022, art. 20) | Documento del APPCC | Recoge la carta y los procesos actuales, y tiene una fecha de revisión reciente. |
| Controles que fija tu autocontrol (temperaturas, cocción, enfriado…) | Quien vigila en cada turno | Hojas o registros de control | Sin huecos sin explicar. Cada desviación tiene su medida correctiva. |
| Alérgenos por plato | Jefe de cocina | Carta, fichas o registro electrónico | Coincide con las recetas y los proveedores de hoy. Si informas de palabra, está registrada (Real Decreto 126/2015, art. 6.5). |
| Congelación en el local | Quien congela | Etiquetas y, si hace falta, registro | Cada producto congelado tiene sus fechas (Real Decreto 1021/2022, art. 5). |
| Pescado para consumir crudo o poco hecho | Jefe de cocina | Registro de congelación o documento del proveedor; aviso en carta o cartel | Está documentada la congelación frente al anisakis, o su excepción, y el cliente está informado (Real Decreto 1021/2022, art. 8). |
| Etiquetas de moluscos bivalvos vivos | Quien recibe | Archivo de etiquetas | Se guardan al menos 60 días después de acabar el envase (Real Decreto 1021/2022, art. 8.8). |
| Limpieza y desinfección | Encargado de sala y cocina | Plan de limpieza | El plan describe lo que se hace de verdad. Hay registros si tu autocontrol los prevé. |
| Control de plagas | Titular | Plan propio o contrato e informes de la empresa | Última revisión e incidencias resueltas. |
| Formación del personal | Titular | Expediente de formación | Hay evidencia de la formación de cada persona, adecuada a su puesto (ver abajo). |
| Desviaciones y requerimientos | Responsable del APPCC | Registro de incidencias y actas anteriores | Cada una tiene su causa, su medida, un responsable y la fecha de cierre. |
Para repasarlo punto por punto tienes el checklist APPCC. De dónde sale cada obligación está en el marco legal, y cómo registrar lotes y fechas, en cómo registrar lotes, fechas y alérgenos.
Formación: ya no hay carné de manipulador
El antiguo carné desapareció cuando se derogó el Real Decreto 202/2000. La responsabilidad de formar pasó a la empresa, que debe acreditar en las inspecciones que su personal está debidamente formado (Real Decreto 109/2010). La AESAN lo dice sin rodeos: «Ya no existe el antiguo carnet de manipulador, y no hay modelo oficial o normalizado» (AESAN, nota sobre manipuladores). Lo que exige el reglamento europeo es que quien manipula alimentos esté supervisado e instruido o formado según su trabajo, y que quien lleva el APPCC tenga formación en APPCC (Reglamento (CE) 852/2004, anexo II, cap. XII).
En la práctica, guarda la evidencia de qué formación ha recibido cada persona, cuándo y sobre qué, incluida la que se da en la propia cocina. Incumplir los requisitos de formación es una infracción leve (Ley 17/2011, art. 51.1). Tu comunidad autónoma puede tener criterios propios: consúltalos.
Ejercicio: reconstruye un producto sin depender de nadie
Hazlo con alguien que no sea quien suele registrar. Si tarda mucho, o necesita llamar a otra persona, ya sabes qué arreglar.
- Elige un producto que esté en uso ahora, por ejemplo una bolsa abierta de mejillón.
- Encuentra su proveedor, su lote y su fecha original.
- Localiza el albarán de esa entrega y la fecha en que llegó.
- Busca todas las elaboraciones en las que se ha usado ese lote.
- Comprueba si alguna se vendió a otra empresa y a cuál.
- Revisa que la etiqueta de cada elaboración coincide con su registro.
- Anota qué faltaba y quién lo corrige, con fecha.
Durante la visita y después
- Acompaña al inspector y enséñale lo que te pida. No rellenes registros en ese momento.
- Si no sabes algo, dilo y explica dónde puede estar. Pregunta lo que no entiendas.
- Guarda una copia del acta.
- Trata cada requerimiento como una desviación: qué se detectó, por qué pasó, qué medida se toma, quién la toma, en qué plazo y cómo se comprueba que funcionó.
Una aplicación puede hacer que los registros se encuentren antes. No garantiza el resultado ni sustituye los controles oficiales, y los registros que contiene tienen que ser ciertos. Qué mirar al elegir una está en herramientas digitales vs. registro manual.
Capítulo 6 de 6
Herramientas digitales vs. registro manual
El papel cumple si la información existe, está al día y la puedes enseñar. La Comisión admite expresamente que los registros se guarden en formato electrónico siempre que se puedan poner a disposición de la autoridad (Comunicación de la Comisión 2022/C 355/01). Lo que cambia entre uno y otro es cuánto cuesta capturar, encontrar y compartir los datos.
Ninguno de los dos convierte un registro en cumplimiento. Con cualquiera de ellos, el análisis de peligros, la vida útil de lo que elaboras, las correcciones y la verificación siguen siendo responsabilidad de tu cocina.
Qué resuelve cada uno, y dónde falla
| Aspecto | Papel | Digital |
|---|---|---|
| Captura | Sin aparatos ni aprendizaje. Copiar a mano lotes y fechas da errores y letra ilegible. | Puede leer los datos de la etiqueta. Necesita un móvil con batería, y alguien tiene que revisar lo que leyó. |
| Revisión | Depende de que alguien repase las hojas. | Puede exigir campos y avisar de lo que falta. No sabe si un dato es verdad, solo si está. |
| Búsqueda | Hojear carpetas por fecha o proveedor. | Buscar por texto. Solo encuentra lo que se guardó bien escrito. |
| Acceso del equipo | Quien esté junto a la carpeta. | Varias personas a la vez, con permisos. Depende de cuentas y contraseñas. |
| Exportación | Fotocopias o fotos. | Depende de la herramienta. Comprueba en qué formatos y si sacas todo o registro a registro. |
| Conservación | Humedad, grasa, hojas perdidas, espacio. | Depende del proveedor del servicio y de lo que pase con tus datos si dejas de usarlo. |
| Si algo falla | La carpeta sigue ahí, salvo que se pierda. | Sin conexión, sin batería o con el servicio caído, quizá no puedas consultar ni registrar. |
En una inspección, la autoridad puede pedir acceso a tus documentos y también a tus «sistemas informatizados de gestión de la información» (Reglamento (UE) 2017/625, art. 15.1). Elijas lo que elijas, alguien del equipo tiene que saber enseñarlo.
Leer la etiqueta no es saber la fecha
Que una herramienta lea la etiqueta no garantiza que el dato exista. Fotografiamos con Trazea 492 etiquetas de proveedor en cocinas gallegas, y en el 41 % el sistema no pudo extraer una fecha de caducidad válida. Unas veces la etiqueta no la traía y otras no se podía leer. La metodología está en el 41 % de las etiquetas de proveedor no traen caducidad legible. Un dato ilegible no se inventa: se busca en el albarán, se pregunta al proveedor o se deja constancia de que falta.
Qué revisar antes de elegir una herramienta
- Qué datos captura y si cubren los de tu trazabilidad: proveedor, producto, lote, fechas, vínculo con las elaboraciones (ver qué datos conservar).
- Validación humana: si lo que lee automáticamente se puede revisar y corregir antes de guardarlo, y qué hace cuando no lee una fecha.
- Vínculo entre ingredientes, lotes y elaboraciones, para que una retirada se pueda acotar.
- Permisos: quién puede crear, cambiar o borrar registros.
- Exportación y salida: en qué formato te llevas tus datos y si puedes sacarlos todos de una vez.
- Sin conexión: qué puedes consultar y registrar si falla la red el día de la inspección.
- Qué no cubre: temperaturas, limpieza, plagas, formación. Si no lo cubre, decide dónde lo llevas.
Qué hace Trazea y qué no
Lo que sigue está comprobado en la app tal como funciona a fecha de esta revisión.
Lo que hace
- Lee lote y caducidad de la foto de la etiqueta del proveedor. En una elaboración, lo revisas y lo corriges antes de guardar. Si un producto que caduca no tiene fecha, no se guarda hasta que la escribes.
- Registra elaboraciones con varios ingredientes, cada uno con su lote, su caducidad y su proveedor, y permite buscar por lote o por producto.
- Registra cuáles de los 14 alérgenos lleva cada ingrediente, y cada elaboración reúne los de sus ingredientes.
- Registra congelaciones y descongelaciones.
- Genera la ficha de cada elaboración en PDF y una etiqueta de 62 × 50 mm para imprimir.
- Permite varios usuarios por negocio, con un administrador que da de alta y de baja.
Lo que no hace
- No es un sistema APPCC completo: no lleva temperaturas, limpieza, plagas ni formación.
- No registra la recepción con su albarán y su cantidad.
- No distingue «puede contener» o trazas de los alérgenos presentes.
- No funciona sin conexión más allá de guardar un borrador de la elaboración en curso.
- No determina una vida útil segura. La caducidad de una elaboración se calcula con los días que configura tu negocio, o la escribes tú.
- No sustituye al responsable del autocontrol ni garantiza el resultado de una inspección.
El Servicio de Seguridad Alimentaria de la Xunta de Galicia no formula objeciones a la implantación de Trazea como herramienta de apoyo al autocontrol sanitario, siempre que no sustituya los sistemas APPCC ni las inspecciones oficiales y cumpla la legislación aplicable.
Si quieres ver si encaja en tu cocina, cuéntanos tu caso desde contacto. Lo que tiene que existir con cualquier herramienta está en sistema APPCC paso a paso y en cómo registrar lotes, fechas y alérgenos.
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